Reconocen a un valenciano el derecho a adoptar a los gemelos de su marido nacidos por gestación subrogada

Reconocen a un valenciano el derecho a adoptar a los gemelos de su marido nacidos por gestación subrogada

En el mes de marzo pasado, Tamara Gorro se solidarizaba como María Teresa Gregorio, la madre por gestación subrogada ‘atrapada’ en Rusia. Su hija nació el 7 de julio de 2015 pero el gobierno español no le reconocía la maternidad por ser madre por vientre de alquiler y le negaba el salvoconducto para regresar a casa por considerar que no estaba demostrada la filiación. Ese mismo mes fue tumbada la Proposición No de Ley (PNL) presentada por Ciudadanos en la Asamblea de Madrid sobre la gestación subrogada. El PP defendió  el año pasado en el Congreso de los Diputados que la gestación subrogada era “ir contra natura” y el Tribunal Supremo dijo que era incompatible con las relaciones familiares, la dignidad de la persona, la protección de la infancia, además de favorece la comercialización de la maternidad. Pero no todo está perdido porque Toni y Pablo han logrado un tema que, seguramente, sentará jurisprudencia: Que un tribunal les reconozca la filiación a ambos de sus gemelos nacidos en México gracias a un vientre de alquiler.

Ha sido un juzgado de Valencia el que ha dictaminado reconocerles su paternidad. La lucha ha sido dura y agotadora pero fructífera. Toni y Pablo son pareja desde hace tres años aunque llevaban viviendo juntos desde 2009, tenían la ilusión por ser padres y acudieron a una empresa especializada en vientres de alquiler que les orientó y que realizó todos los trámites para buscarle una madre gestante en el estado mexicano de Tabasco que recibió una donación de óvulo anónima desde España. Tener a sus gemelos les costó 60.000 euros. La mujer tuvo que firmar ante notario que renunciaba a todos los derechos parentales sobre los pequeños en virtud a la legislación española.

El hecho de que la mujer que gestó a los pequeños recibiera el esperma de uno de los padres y la donación de un óvulo para su fecundación en su vientre es lo que posiblemente haya logrado inclinar la balanza a favor de la pareja y el reconocimiento de la paternidad en los tribunales.

Toni y Pablo aseguran sentirse discriminados porque tanto las parejas gays y de lesbianas como las mujeres monoparentales están a merced de que los países contemplen la gestación subrogada y en el más absoluto “limbo legal” en España ya que a la hora de inscribir a esos niños la administración, dependiendo de la comunidad en la que se resida, pone toda una serie de trabas legales.

En nuestro país la gestación subrogada es alegal: el artículo 10 de la Ley 14/2006, de 26 de mayo, sobre Técnicas de Reproducción Humana Asistida establece que el contrato por el que se convenga la gestación, con o sin precio, a cargo de una mujer que renuncia a la filiación materna a favor del contratante o tercero es nulo de pleno derecho.  Sin embargo, la Instrucción de 5 de octubre de 2010 de la Dirección General de los Registros y el Notariado ha dejado sin contenido efectivo la prohibición de la gestación subrogada al contemplar la inscripción en el Registro Civil de niños frutos de esta técnica siempre que el procedimiento se haya llevado a cabo en un país en el que dicha técnica esté regulada, que uno de los padres sea español y que exista una resolución judicial que garantice, entre otros aspectos, los derechos de la mujer gestante.

Ante esta situación, son muchas las cuestiones a resolver sobre esta práctica: Desde la normativa puramente jurídica hasta la regulación de aspectos de carácter ético y social relacionados con la protección de la mujer y del menor. 

La Asociación por la Gestación Subrogada en España elaboró una Iniciativa Legislativa Popular para que todas las técnicas de reproducción asistida tengan el mismo tratamiento en nuestra normativa. Si quieres leer el texto íntegro, pincha sobre este enlace.

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